En los últimos días, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) confirmó la extensión del plazo para realizar la recategorización de las personas inscriptas en el Régimen del Monotributo. La Resolución se publicó en el Boletín Oficial y la fecha se extendió hasta el 2 de agosto.
AFIP prorrogó el plazo para realizar la recategorización del monotributo: los detalles
Este trámite es un procedimiento obligatorio que solicita AFIP y deben realizar los monotributistas cada seis meses.
La normativa sostiene que tomaron esta medida debido a la modificación de los valores de los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada por la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados. Además, explicaron que las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efecto del 1 de agosto de 2024 al 31 de enero de 2025.
¿Cuándo y cómo se realiza el trámite de AFIP?
El trámite se realiza mediante la página web del organismo, y los pasos a seguir son:
- Acceder al Portal Monotributo, ingresar con clave fiscal. En caso de no poseer una o haberla olvidado, se necesitará gestionar una nueva.
- Ingresar a la opción "recategorización", allí detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Imprimir la nueva credencial de pago, una vez realizar la recategorización, la credencial estará disponible.
Cabe señalar que el importe correspondiente la nueva categoría se abonará el siguiente mes y no al momento de realizar la recategorización.
Además, se debe tener en cuenta que la recategorización en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) es obligatoria para los pequeños contribuyentes y debe realizarse dos veces al año, en julio y enero. La categoría del contribuyente determinará el monto de las obligaciones fiscales que debe cumplir el monotributista.