2025-09-09

Provincia: ARBA descontará Ingresos Brutos en las operaciones con billeteras virtuales

Este esquema impositivo, ya vigente en otras provincias, comenzará a regir en octubre en la Provincia de Buenos Aires.

A través de la Resolución Normativa 25/2025, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció que a partir del 1 de octubre comenzará a descontar Ingresos Brutos en las billeteras virtuales. Esta medida alcanza a monotributistas, comerciantes y pequeños empresarios bonaerenses.

La normativa se implementará mediante el sistema SIRCUPA, un esquema que ya opera en otras provincias del país. Desde ARBA explicaron que la media busca unificar criterios y dar un trato similar a todos los medios de pago utilizados.

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Provincia: ARBA descontará Ingresos Brutos en las operaciones con billeteras virtuales.

Provincia: ARBA descontará Ingresos Brutos en las operaciones con billeteras virtuales.

Con esta decisión, las billeteras virtuales tendrán el mismo sistema que se aplica en las entidades financieras tradicionales, y la medida alcanzará a tanto a contribuyentes de Ingresos Brutos como aquellos sujetos al Convenio Multilateral estarán alcanzados por el presente régimen.

Los detalles sobre la nueva normativa que se aplicará en Provincia de Buenos Aires

La régimen comenzará a aplicarse desde el 1° de octubre de 2025 para los proveedores que ya fueron designados en otras jurisdicciones y figuren en el listado oficial de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. En tanto que para el resto de los prestadores, la obligación comenzará a regir el 1° de noviembre de 2025.

En tanto, la recaudación se aplicará sobre todos los montos acreditados en cuentas abiertas en billeteras virtuales tales como Mercado Pago, Ualá, Personal Pay, entre otras. Puede ser en pesos y/o monedas extranjeras, con excepción de dólares estadounidenses, en valores o en instrumentos de poder adquisitivos equiparable a la moneda de curso legal. El porcentaje a retener va del 0,1 al 5%, dependiendo de la actividad del contribuyente.

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