Muchas personas son las que se preguntan si existe la veda electoral, en qué tiempo se realiza, si es verdad que se aplican multas o penas de prisión. Por eso, Víví El Oeste detalló en esta nota todas los delitos electorales fijados por la Ley Electoral Nacional N° 19.945, que hay que tener en cuenta previo y durante las Elecciones Generales 2023, que se llevarán a cabo este domingo 22 de octubre en todo el país.
Elecciones 2023: Qué se puede hacer y qué no durante la veda
Enterate cuáles son las actividades que estarán prohibidas durante la veda electoral de cara a las Elecciones Generales 2023.
La Cámara Nacional Electoral establece que la veda electoral inicia a partir de las 20 horas del día anterior a la elección (sábado 21 de octubre), y finaliza el mismo día de la elección (domingo 22 de octubre), después de tres horas del cierre de urnas, es decir, a partir de las 21 horas.
Las prohibiciones durante la veda electoral:
- Reuniones de electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
- Espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas, y los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerrados. (A quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses).
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación, y los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación deben permanecer cerrados.
- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo, y está prohibido publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. (A quien incumpla con estas prohibiciones le corresponderá multas económicas).
- El día de la elección ninguna persona podrá hacer uso de banderas, divisas u otros distintivos. (La violación de esta prohibición corresponde la aplicación de una multa).
- Ninguna persona puede ser detenida, salvo en caso de flagrante delito o en casi de existir una orden de un juez.
¿Qué sanciones se aplicarán para aquellos que infrinjan la ley electoral?
Cabe aclarar que aquellas personas que no respeten la veda electoral podrán ser denunciadas y/o sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron la Ley 19.945.
- Los delitos electorales se encuentran tipificados en el capítulo II del Código Electoral Nacional, el cual establece penas de prisión de 1 a 3 años, a quienes impidieren ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio, con violencia o intimidación. También a quienes fuercen a un elector a votar de manera determinada; priven de la libertad a un elector para imposibilitar el ejercicio de un cargo electoral o el sufragio, antes o durante las horas señaladas para la elección; suplanten a un elector, o voten más de una vez en la misma elección o de cualquier otra forma emitan su voto sin derecho; Sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio.
- Se establece prisión de 2 meses a 2 años a quien con engaños indujere a votar de determinada forma o abstenerse de hacerlo. Prisión de 3 meses a 3 años a quienes utilicen medios tendientes a violar el secreto del voto. Prisión de 1 mes a 18 meses a los electores que revelen su voto al momento de emitir. Prisión de 6 meses a 2 años a quien obstaculice, demore o detenga el transporte de documentación electoral.
- Y prisión de 6 meses a 3 años a los electores que falsifiquen un padrón electoral y a quienes que a sabiendas lo utilicen en actos electorales, así como también a quienes retengan a otros sus documentos cívicos y al elector que se inscribiere más de una vez, o lo hiciere con documentos falso, anulado o ajeno, o denunciare domicilio falso. Y privación de los derechos políticos por el término de 1 a 10 años, como sanción accesoria, a quienes cometen alguno de los hechos penados en el Código Electoral Nacional.