A través de un comunicado oficial, el Ministerio del Interior indicó cuál será la remuneración que recibirán las autoridades de mesa en las próximas elecciones del 13 de agosto, donde tendrán lugar las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).
Elecciones: cuánto abonarán a las autoridades de mesa
El domingo, 13 de agosto, se llevarán a cabo las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias en Argentina.
Cabe señalar que, según lo publicado en el Boletín Oficial (resolución 88/2023) la compensación económica solo se otorgará a quienes efectivamente desempeñen la función asignada en los comicios.
En este sentido, los ciudadanos que sean seleccionados como autoridades de mes durante las PASO, Elecciones Nacionales y una eventual Segunda Vuelta recibirán una remuneración de $7.000 por cada elección. Además, quienes participen en las capacitaciones reconocidas por la Justicia Electoral obtendrán un adicional de $3.000.
Por otro lado, la resolución indica que cada autoridad de mesa que haya cumplido con tal función también cobrará $10.000 adicionales, en concepto de viáticos. En caso de que no se realice una Segunda Vuelta el importe adicional será de $7.000.
En tanto, quienes hayan sido designados por la Justicia Nacional Electoral como delegados en los locales de votación, recibirán la suma de 11.500 pesos por elección en concepto de viáticos, más 3.500 pesos por la tarea de remisión de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral.
¿Qué pasa si soy autoridad de mesa y no me presentó?
De acuerdo con lo indicado por la Justicia Electoral, si un ciudadano es elegido para dicha función y se ausenta o abandona la mesa de votación tales acciones son consideradas un delito electoral cuya pena es de 6 meses a 2 años de cárcel.
¿Puedo negarme a ser autoridad de mesa?
Según la Cámara Nacional Electoral, sólo se consideran como elementos restrictivos de participación como autoridad de mesa a las "razones de enfermedad" o bien de "fuerza mayor debidamente justificadas".
Cabe mencionar que esta negación debe formularse dentro de los tres días después de recibir la carta de designación, ya que transcurrido ese lapso solo de admite la renuncia por "causas ocurridas con posterioridad" que llegado el caso, serán consideradas de manera especial por la Justicia Nacional Electoral.