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El Gobierno reglamentó la ley de historias clínicas digital

Pacientes y médicos tendrán acceso a una base de datos de información clínica desde cualquier lugar tras la ley que reglamentó el Gobierno.

El Gobierno Nacional reglamentó la ley que crea un sistema único de informatización de las historias clínicas. La creación de este sistema garantiza a pacientes y profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada persona desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando que la consulta de los datos quedará restringida a quien esté autorizado.

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El Gobierno reglamentó la ley de digitalización de historias clínicas.

El Gobierno reglamentó la ley de digitalización de historias clínicas.

Mediante el decreto 393/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó la Ley 27.706 de Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina, la cual fue sancionada el pasado febrero. La misma tiene como objetivo instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas a fin de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

En este sistema único, que opera como una red que intercomunica e interopera distintos sistemas de registros de pacientes, se deja constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social.

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LA PERLA LARGO
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Como especifica la ley, el mismo deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento. Dicha reglamentación establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud que tendrá, entre otras, la atribución de determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización, elaborando un protocolo de carga de historias clínicas, así como también diseñar, implementar y poner a disposición del sistema de salud un software de historia clínica para interoperar en el sistema de salud.