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Provincia: Estatales cobrarán un bono de fin de año

El gobernador de la Provincia, Axel Kicillof, anunció que el bono tendrá un monto de $20.000. Especificaron quiénes lo cobrarán y cuándo.

El gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, anunció este jueves que se pagará un bono de fin de año de 20 mil pesos a los trabajadores y trabajadoras de la administración pública provincial, luego de una reunión que mantuvo esta tarde con dirigentes gremiales del sector. Quiénes lo cobrarán y cuándo.

"El objetivo de esta medida es aprovechar la mejora que se observa en la recaudación para distribuir los resultados del crecimiento económico con todos los trabajadores", sostuvo Kicillof y agregó: "Esto es posible gracias a que al término de este año ya estaremos recuperando lo perdido durante la pandemia, que es una situación excepcional".

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Kicillof confirmó el pago de un bono para trabajadores estatales en la Provincia.

Kicillof confirmó el pago de un bono para trabajadores estatales en la Provincia.

Cómo y cuándo se abonará

Se trata de un pago de $20.000 no remunerativo no bonificable, que se abonará por única vez y por persona. La liquidación se realizará durante el mes de diciembre 2021 o en su defecto en enero 2022.

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LA PERLA LARGO

Quiénes lo cobrarán

La percepción será recibida por los trabajadores y trabajadoras estatales que se encuentren activos en el mes de diciembre de 2021. Sin embargo, no todos los empleados estatales estarán incorporados al pago. Según informó el gobierno bonaerense, podrán cobrarlo los trabajadores:

a) Ley N° 10.430 planta permanente con estabilidad; planta permanente sin estabilidad; planta temporaria (transitoria mensualizada; de gabinete -siempre que su retribución no sea superior a la del cargo de Director Provincial-; secretarios privados y contratados por locación de servicios).

b) Ley N° 10579 Docentes, en las condiciones que se estipulan en el apartado 7.

c) Consejeros Escolares, Secretarios Técnicos y Secretarios Administrativos de Consejos Escolares previstos en la Ley N° 13.688.

d) Carrera Profesional Hospitalaria Ley N° 10.471 y Residentes.

e) Técnico Gráfico Ley N° 10.449.

f) Dirección de Vialidad Ley N° 10.328.

g) Ley N° 12.268 -Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias-.

h) Comisión de Investigaciones Científicas Decreto-Ley Nº 9.688/81 y Ley Nº 13.487

i) Hipódromos.

j) Casinos bajo jurisdicción del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.

k) Ley Nº 10.384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Ex Obras Sanitarias.

l) Dirección Provincial de Energía CCT N° 36/75.

m) Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA).

n) Ente Administrador Astillero Río Santiago personal convencionado del CCT N° 91/75 y no convencionado.

ñ) Personal de la Subsecretaría de Asuntos Portuarios del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bajo CCT N° 24/75, N° 164/75 y N° 40/91E.

o) Servicio Penitenciario Bonaerense Decreto-Ley N° 9.578/80 -inclusión de cadetesp) Policías de la Provincia de Buenos Aires Ley N° 13.982 -inclusión de cadetesq) Poder Judicial Ley 10374, con la excepción estipulada en el punto 3.d).

r) Becarios.

s) Contratos Colegio de Escribanos Ley N° 10295.