Con un alto porcentaje de la población ya vacunada contra el coronavirus y en medio de las flexibilizaciones de los últimos meses, el Gobierno eliminó las principales restricciones que había impuesto por la pandemia en el transporte público y amplió su aforo, aunque se mantienen algunos protocolos como el límite de pasajeros y la ventilación. La decisión fue informada a través de la resolución 389/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Transporte público: Aumentan el aforo en horarios pico
Colectivos, subtes y trenes deberán garantizar el servicio pleno tras la nueva resolución del gobierno en materia de aforo en el transporte público.
El primer artículo de este documento que amplía el aforo, firmado por el ministro del área, Alexis Guerrera, derogó la Resolución N° 64, del 18 de marzo del año pasado, mediante la cual se habían establecido una serie de medidas para evitar la propagación del COVID-19 que, con algunas modificaciones, aún estaban vigentes.
De esta manera, por ejemplo, a partir de ahora las empresas de transporte automotor urbano y suburbano y ferroviario metropolitano y regional deberán garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados.
Además, se aclaró que las unidades “deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje”, independientemente de si cuentan o no con aire acondicionado que, en caso de tenerlo, el mismo permanecerá encendido “en un modo que garantice la mayor cantidad de toma de aire del exterior”.
El detalle de la resolución
Por otra parte, se remarcó que "en los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente para aquellos pasajeros afectados a las actividades, servicios y situaciones" habilitadas.
En ese grupo de pasajeros también está incluido el "personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales, donde se hubiera autorizado, así como las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere".
Asimismo, desde el Gobierno se precisó que en los vehículos tanto urbanos como suburbanos de jurisdicción nacional todavía regirá la regla de viajar con una "cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles”, excepto “en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta 10 pasajeros de pie, dando cumplimiento a las recomendaciones sobre distanciamiento social".
Sobre este punto relacionado al transporte público, se detalló que en ese caso se permitirá "hasta un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres disponibles según el tipo de coche correspondiente a cada formación".
Por último, la normativa publicada por el Gobierno indica que se va a continuar exigiendo "el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y durante el tiempo de espera para ascender al mismo, sea en paradas o en estaciones y/o apeaderos", y que "en todos los casos, deberá respetarse el distanciamiento social".