05/09/2025

El Senado dejó sin efecto el veto de Milei y ratificó la Ley de Emergencia en Discapacidad

La oposición logró ratificar la Ley de Emergencia en Discapacidad con 63 votos a favor. Hace 22 años que el Congreso no rechazaba un veto presidencial.

Este jueves por la tarde en la sesión del Senado la oposición logró ratificar la Ley de Emergencia en Discapacidad al aprobarse la insistencia de la norma por 63 votos contra 7 y ninguna abstención, siendo rechazado totalmente el veto del presidente Javier Milei.

De acuerdo al artículo 83 de la Constitución Nacional, tras la aprobación nuevamente por parte de Diputados y el Senado por dos tercios de los votos, el paso que sigue es que el Gobierno promulgue la ley. Hacía exactamente 22 años que ambas cámaras no rechazaban una decisión de este tipo por parte del Poder Ejecutivo.

Tanto en las primeras votaciones, como en esta instancia, ambas cámaras votaron en las cuatro ocasiones con más de dos tercios de los votos esta ley, que surgió a partir del reclamo del colectivo sobre las prestaciones desactualizadas y la baja de miles de pensiones que la administración libertaria puso en tela de juicio al arrancar la gestión.

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Tablero del recinto del Senado: rechazo al veto de la Ley de Emergencia en Discapacidad

Tablero del recinto del Senado: rechazo al veto de la Ley de Emergencia en Discapacidad

¿Qué prevé la Ley de Emergencia en Discapacidad?

La ley ratificada este jueves por el Congreso de la Nación declara la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive.

Entre sus principales puntos prevé el financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad; el fortalecimiento de los prestadores de la Ley 24.901, asegurando en forma expeditiva y simplificada el acceso a un régimen de emergencia de regularización de deudas tributarias, condonación de intereses, multas y demás sanciones, refinanciación de planes de pago vigentes y de las deudas emergentes de planes caducos.

Además, establece la compensación arancelaria y la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral; el financiamiento adecuado y sostenible del funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad; la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al equivalente del porcentaje del salario mínimo, vital y móvil vigente y la apertura de nuevos ingresos al Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad (Ley 26.816).

Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo "a otorgar una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión, de 70 o más años de edad o con discapacidad que cuente con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)".